En el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo se ha aprobado una disposición por la que se permite compatibilizar la prestación por desempleo(paro) con el trabajo por cuenta propio (autónomo) con las siguientes características:
- Se podrá cobrar durante un máximo de 270 días o por el tiempo inferior pendiente de percibir
- Que tenga menos de 30 años en el inicio de la actividad y no tenga trabajadores a cargo
- Que se solicite en un plazo de 15 días desde la fecha de inicio de la actividad, si no se hiciese perdería el derecho a compatibilizarlo.
Fuente : GESTORIA BARCELONA

