Con la crisis europea económico-financiera actual se ha hablado y mucho sobre el Expediente de regulación de empleo abreviado (ERE). Y no solo hablado sino que también se han realizado muchos desde diferentes sectores empresariales castigados por la bajada de las ventas y por la falta de liquidez.
Por eso creemos conveniente intentar aclarar lo que es un Expediente de regulación de empleo (ERE) quien, como y cuando se puede realizar y por supuesto que consecuencias tiene para la empresa y para el trabajador.
Diferenciaremos en dos capítulos según sean expedientes de regulación de empleo de manera definitiva como los de extinción de contrato de trabajo o temporales como los de suspensión y reducción de jornada laboral.
Pero primero queremos dar algunas definiciones que son comunes a la figura del expediente de regulación de empleo.
¿Qué es un ERE?
Un expediente de regulación de empleo (ERE) es el procedimiento administrativo para lograr la extinción, suspensión o reducción de jornada los de contratos de trabajo. Así el ere se podrá utilizar para:
-despidos colectivos
– suspensiones temporales de contratos de trabajo
– reducciones temporales de Jornada laboral.
Y que esta actuación este basada en causas económicas, técnicas, organizativas, productivas, o de fuerza mayor.
Que entendemos por “Fuerza mayor”:
Se entiende por fuerza mayor cualquier acontecimiento o hecho externo de carácter imprevisible o previsible pero inevitable.
Es decir, la imposibilidad sobrevenida y definitiva de dar cumplimiento a las prestaciones de la relación de trabajo es lo que constituye la fuerza mayor como causa de extinción. Por ejemplo: Incendio, inundación.
CAPITULO 1 ERE EXTINCIÓN-DESPIDO COLECTIVO
Fuentes:
Gestoria Barcelona
TRETT Texto Refundido del Estatuto de los trabajadores art.51.

