OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO ANTE UNA BAJA MÉDICA
Los pasos a seguir en el proceso pueden ser entre:
Normalmente el plazo de presentación de documentos, es de 15 días, aunque hay mutuas que no presentan límite de días.
Documentación necesaria para solicitar el cobro ante una baja médica:
- Solicitud de cobro por baja (El formulario lo tienen las mismas mutuas o INSS)
- Fotocopia del DNI de autónomo
- Parte de baja médica
- Parte nº 1 de confirmación de la baja
- Los 3 recibos anteriores a la baja, conforme está pagado el recibo de autónomos
- Documento con el número de cuenta corriente para el ingreso del cobro
Con esta documentación, se abre expediente enla Mutua, la cual procederá al pago de la prestación (o el INSS, en caso que el autónomo tenga la cobertura a través dela SeguridadSocial).
¿Quién emite el parte de baja? / ¿Quién me visita?
Depende de si estamos antes una baja por Enfermedad Común o Accidente No Laboral, o bien ante un Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional.
a) Enfermedad Común o Accidente No Laboral
El médico de cabecera
b) Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional
En este caso, se ocupa la mutua con la que tenga, el autónomo, cubierto el Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional (aunque en casos excepcionales, hay autónomos que esta cobertura la tienen a través del INSS)
Y al igual, con los partes de confirmación de la baja y parte de alta.
Que cobro por enfermedad común o accidente no laboral?
El escalado sería éste,
De la base reguladora del mes anterior a la baja.
[green]Ejemplo:
Supongamos que un autónomo, le dan la baja médica por enfermedad común o accidente no laboral y su Base Reguladora es la mínima (que para 2013 es de 858,60 euros).
Del día 1 al 3
No cobran nada
Del día 4 al 20
Fórmula: 858,60 / 30 * 60% = 17,17 euros por día
Del día 21 hasta fin de mes
Fórmula: 858,60 / 30 * 75% = 21,47 euros día
¿Qué cobraría en los primeros 30 días? 506,59 euros brutos
¿ Y a partir de aquí? 644,10 euros brutos mensuales [/green]
Que cobro por accidente laboral?
El escalado sería éste,
De la base reguladora del mes anterior a la baja.
Es importante señalar que para cobrar en caso de accidente laboral o enfermedad profesional se tiene que tener cubierta la citada contingencia, consúltalo con tu gestor o la Seguridad Social.
[green]Ejemplo:Supongamos que un autónomo, le dan la baja médica por accidente laboral o enfermedadprofesional y su Base Reguladora es la mínima (que para 2013 es de 858,60 euros).
El primer día
No cobra nada
Del día 2 en adelante
Fórmula: 858,60 / 30 * 75% = 21,47 euros día
¿Qué cobraría en los primeros 30 días? 622,63 euros brutos
¿ Y a partir de aquí? 644,10 euros brutos mensuales [/green]
¿Quién me substituye durante mi baja?
En la misma solicitud de cobro por baja médica, se estipulan si existe substituto del autónomo, bien por un familiar colaborador, bien por un empleado o por otra persona, o si la decisión es cesar de la actividad de manera temporal (hasta el alta médica) o bien el cierre definitivo del negocio.
FUENTE GESTORIA BARCELONA




